Matrimonio

Matrimonio


  • Información relacionada con el sacramento del Matrimonio

    ¿Habéis decidido casaros? ¡Enhorabuena!


    Ahora se trata de prepararlo todo convenientemente. No es tan complicado como os han dicho, tan sólo es necesario saber qué hacer y en qué orden. Intentaremos ayudaros.


    Lo PRIMERO es comprobar que estáis Confirmados. Sabéis que desde el 1 de septiembre de 2016, en nuestra diócesis se observa rigurosamente lo establecido por el canon 1065 del Código de Derecho Canónico, a saber: "los católicos aún no confirmados deben recibir el sacramento de la confirmación antes de ser admitidos al matrimonio...". Como lo establecido en el Directorio Diocesano de la Iniciación Cristiana es que la preparación  para la recepción del sacramento de la Confirmación, en el caso de adultos, se lleve a cabo a lo largo de todo un curso escolar, es muy importarte, si alguno de los dos contrayentes no está confirmado, NO FIJAR LA FECHA DE LA BODA NI CONTRAER COMPROMISOS con capillas, empresas de catering, agencias de viajes, etc., hasta no haber resuelto la recepción del sacramento de la Confirmación. Resuelto esto, sigamos adelante.

  • ¿Ponemos fecha?

    Para ello debéis acercaros a la parroquia a hablar con el Sacerdote. Una vez puesta, cada vez que hablemos de fechas y plazos, todas tendrán como referencia vuestra FECHA DE BODA.


    La preparación de vuestra boda debe comenzar por participar en el Cursillo Prematrimonial. Este se puede hacer de manera presencial en cualquier parroquia, centro de orientación familiar de la diócesis, etc. y da igual la antelación con que lo realicéis. (Para inscribiros en nuestra parroquia podéis hacerlo en el formulario de abajo)


    Unos tres meses antes de la fecha de la boda se debe iniciar el EXPEDIENTE MATRIMONIAL. El lugar de la realización del expediente  es la parroquia en la que reside el novio o la novia, la parroquia en la que fijarán su domicilio después de su boda, o alguna otra siempre que se cuente con la licencia o anuencia del párroco de alguno de los contrayentes.

  • Requisitos

    Si los dos sois de nacionalidad española, bautizados en la Iglesia Católica, mayores de edad, confirmados y ninguno celebró matrimonio canónico que fuese declarado nulo, la documentación a aportar a la parroquia en la que se iniciará el expediente será la siguiente:


    1. Fotocopia del DNI.
    2. Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil del lugar de nacimiento.
    3. Partida de bautismo. No podrá haber sido emitida con más antelación de 6 meses con respecto a la fecha de la boda; si el bautismo se realizó fuera de la Archidiócesis de Sevilla, ésta deberá ser Legalizada por la Curia Diocesana respectiva; en la misma deberá aparecer la nota marginal de Confirmación (si no es así, consultar entable de partida de confirmación).
    4. Certificado del cursillo prematrimonial.(Para inscribiros en nuestra parroquia podéis hacerlo en el formulario de abajo)

    ESTOS DOCUMENTOS SE ENTREGARÁN 4 MESES ANTES DE LA FECHA DE BODA.

  • Fechas a tener en cuenta

    En nuestra Parroquia, una vez aportada y comprobada toda la documentación mencionada, a conveniencia de los novios y de la Parroquia, fijaremos una primera cita para la TOMA DE DICHOS


    Este es el acto formal por el que se inicia la tramitación del expediente y en él comparecen los contrayentes junto con dos testigos. Mediante el cuestionario aprobado se indagará sobre el conocimiento que los contrayentes tienen de las propiedades esenciales y de los fines del matrimonio, la voluntad de contraer y su capacidad y libertad.


    Un vez finalizado este acto se procede a la exposición de las "amonestaciones o proclamas" en las respectivas parroquias de los contrayentes. Según el art. 12 I del Decreto de la Conferencia Episcopal Española, las amonestaciones se realizarán mediante colocación de un edicto en un lugar visible de la parroquia, por un plazo de quince días o, donde haya tradición de ello, se leerán al menos en dos día de fiesta. Concluido el período de publicación de las amonestaciones, éstas serán devueltas a la parroquia donde se ha realizado la toma de dichos. Si no ha resultado impedimento alguno, todo está bien dispuesto para la celebración del sacramento.


    Si la boda se va a celebra en otra parroquia distinta a ésta, previa liquidación de las tasas oficiales aprobadas por la Santa Sede, se entregará a los novios todo el expediente para que sea trasladado a la parroquia de celebración de la boda.


    Otro momento importante será nuestra segunda cita, en la que se realizará la PREPARACIÓN DE LA CELEBRACIÓN. Esta se realizará semanas antes de la boda.

  • A tener en cuenta

    Si alguno de los contrayentes está dentro de una de estas situaciones:

    • Es viudo. 
    • Menor de edad.
    • Consanguíneos en tercer o cuarto grado.
    • Ya están casados civilmente.
    • Si alguno tuviese declaración de nulidad de un matrimonio anterior.
    • Hubiese contraído matrimonio civil con otra persona.
    • Alguno no fuese católico o fuese de otra confesión religiosa no cristiana.
    • No tuviese nacionalidad española

    Debéis comunicarlo cuanto antes al párroco con el que iniciarán el expediente matrimonial para que os informe de la documentación complementaria que habrá que aportarse al expediente.

Calendario de Cursillos

Horario: 
Viernes de 18:00 a 21:30
y sábado de 9:30 a 13:30 

Lugar:
Salones parroquiales
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